La Junta Central Fallera ha remitido a las comisiones una circular en la que explica el procedimiento correcto para seguir con su funcionamiento, en concreto la elección de presidentes para 2021 y la elección de los delegados de sector.
“Con motivo de la crisis sanitaria que está atravesando la población mundial, provocada por la pandemia derivada de la propagación del virus COVID-19, se han implantado en todo el territorio nacional una serie medidas excepcionales de contención que han alterado significativamente tanto la actividad administrativa de las entidades que integran el sector público como el funcionamiento y actuación de los órganos de gobierno de las personas jurídicas de Derecho Privado (asociaciones, sociedades civiles y mercantiles, cooperativas y fundaciones). Una de las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma, es la prevista en los apartados primero y segundo del artículo 40 del Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, que bajo la rúbrica “Medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado”, dice la circular.
“La declaración del estado de alarma obliga, imperativamente, a reorganizar el funcionamiento interno y los procesos de decisión"
“La declaración del estado de alarma obliga, imperativamente, a reorganizar el funcionamiento interno y los procesos de decisión, permitiendo, durante el mismo dar una respuesta adecuada a esta situación excepcional que impide el normal funcionamiento del régimen presencial de las sesiones de los órganos colegiados”. Es decir, que se podrán utilizar los medios electrónicos y telemáticos para la elección de cargos y celebración de juntas de disolución.
ASÍ ES EL PROCESO EXPLICADO PASO A PASO
La circular enviada por JCF adjunta la explicación a cómo han de realizarse las convocatorias y votaciones para los distintos supuestos, que reproducimos a continuación.
- INSTRUCCIONES DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO JUNTA CENTRAL FALLERA EN ORDEN AL FUNCIONAMIENTO DE LOS PROCESOS DE ELECCIÓN DE PRESIDENTES DE COMISIONES DE FALLA Y DELEGADOS DE SECTOR
- Para proceder a la elección de la presidencia, las Comisiones de Falla, deberán articular los mecanismos digitales que consideren oportunos, para poder realizar la junta de cierre de ejercicio con la liquidación de las cuentas a tenor de lo que se disponga en el reglamento interno de la falla. Posteriormente y una vez aprobadas la liquidación del ejercicio anterior, las candidaturas a la presidencia de la falla deberán ser comunicadas al secretario de la misma (preferentemente vía e-mail). Estas candidaturas se deberán presentar entre el día 1 y el 10 de mayo de 2020.
- En caso de no haber más de una candidatura, la elección de la presidencia se entenderá por asentimiento del resto de la comisión y la comisión comunicará a la Junta Central Fallera su nombramiento entregando los censos hasta el 22 de mayo de 2020.
- En caso de haber más de una candidatura, la comisión establecerá los medios electrónicos necesarios para que toda la comisión pueda votar entre las candidaturas presentadas de manera que se respete el carácter secreto del voto y el acceso universal al mismo. Existen actualmente en el mercado medios electrónicos y páginas web que permiten realizar dicha elección con fiabilidad. Esta elección se llevará a cabo a partir del 11 de mayo del 2020. La comisión comunicará a la Junta Central Fallera el resultado de la elección presentando los censos hasta el 22 de mayo del 2020.
- En caso de que la comisión no pudiera asegurar este derecho, la Junta Central Fallera, su Presidencia, su Secretaria General, la Delegación de Incidencias y la Asesoría Jurídica de la misma, actuaran como garantes de la democracia participativa y facilitaran la votación de la misma estableciendo los mecanismos oportunos. La Junta Central Fallera determinará el proceso y el resultado de las votaciones no más tarde del 18 de mayo de 2020. La comisión, una vez comunicado el resultado de la elección, deberá remitir los censos a la Junta Central Fallera hasta el 22 de mayo del 2020.
- El plazo de presentación de solicitudes para ser elegido Vocal Electo (Delegado de Sector) deberá efectuarse por correo electrónico a la dirección: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it., desde el día 11 al 22 de mayo de 2020, ambos inclusive. No se admitirá ninguna solicitud si no va acompañada de un certificado de la comisión dando fe de que el candidato está inscrito en la comisión para el ejercicio 2020/2021.
- La elección de Vocales Electos de los diferentes Sectores falleros, tendrá lugar entre los días 25 al 31 de mayo de 2020, mediante un proceso de elección telemático que será habilitado por Junta Central Fallera. El resultado será comunicado del 1 de junio al 2 de junio de 2020.
Todas estas instrucciones serán compatibles con la posibilidad de realizar las votaciones, juntas generales extraordinarias o reuniones de manera presencial siempre que se garanticen las diferentes medidas sanitarias, de seguridad, de autoprotección o de distanciamiento físico de las fases de desescalada propuestas por el Gobierno de España, siempre que se respeten los plazos enunciados.
- RECOMENDACIONES PARA QUE LAS COMISIONES DE FALLA PUEDAN LIQUIDAR Y CERRAR EL EJERCICIO 2019-2020, ELEGIR PRESIDENTE ASI COMO ELECCION DE VOCALES ELECTOS
1. El Presidente/a y la Junta Directiva del ejercicio 2019-2020, que permanecen en funciones, han de elaborar, por escrito, la Memoria de Actividades así como el Balance Económico. Una vez tengan ambos documentos proceder a la convocatoria de la Junta General de Liquidación y Cierre, con ocho días de antelación y con un Orden del Día que incluya la lectura de ambos documentos y proceder a la aprobación o no de los mismos. Conocidos los posibles candidatos a ser elegidos, podría incluirse la convocatoria de la Junta General de Elección de Presidente.
¿Cómo se harían estas convocatorias? Hoy en día la práctica totalidad de falleros y falleras disponen de correo electrónico a través de Internet y también de WhatsApp.
Pues a través de estos medios comunes ya utilizados en las Comisiones el Secretario enviará las convocatorias adjuntando a la primera los documentos de la Memoria y del Balance. Y a la segunda la lista de candidatos a Presidente/a. Si hubiera algún fallero o fallera que no dispusiera de ninguno de estos medios la convocatoria y la remisión de la documentación pertinente debe efectuarse por correo a los domicilios que de los mismos consten y luego votar por ejemplo vía telefónica.
Las convocatorias deben contener el día y la hora, y sería señalar un plazo para poder participar en ambas Juntas Generales. La forma de participar sería contestar a la dirección de correo electrónico o al número de WhatsApp que se facilite la decisión de cada uno respecto a la Memoria de Actividades y al Balance que presente el Presidente del ejercicio liquidado, siempre teniendo en cuenta el cumplimiento del plazo determinado.
O bien, por correo normal a la dirección que se señale en las convocatorias, también por escrito. Debe ser así para que quede constancia de la participación y del resultado respecto a la aprobación o no de la Memoria y del Balance como lo que se refiere a la elección del Presidente o Presidenta.
Toda esta documentación la guardará el Secretario convocante o la persona que se designe.
2. En cuanto a los Vocales Electos también podría utilizarse estas convocatorias de que hemos hablado, adjuntando los nombres de cuantos lo hayan solicitado y que opten a esta elección por cada sector. El procedimiento sería el mismo. La respuesta de los Presidentes o Presidentas sería tal como antes hemos indicado para que quede constancia de la participación y de los elegidos.
En general la forma de votaciones podría ser: apruebo o no apruebo el Balance y la Memoria. Doy mi voto para Presidente o Presidenta a (poner el nombre). Y por último doy mi voto para Vocal Electo al solicitante (poner el nombre).
De esta manera, que se corresponde con la utilización de herramientas de participación habituales, cada vez más, en las Comisiones se lograría una garantía de “democracia participativa”. Sin duda algunas Comisiones podrían celebrar estas Juntas de forma telemática, por videoconferencia o cualquier otra, al disponer de los medios necesarios.