AsambleaMayo23

Así quedan las normas del proceso de elección de las Falleras Mayores de Valencia 2024, las cuales han sido aprobadas esta tarde en la Asamblea de Presidentes del mes de mayo. En el documento inicial se incorporaron este año aportaciones planteadas y consensuadas en una mesa de trabajo por diferentes comisiones falleras, representantes de los sectores, de agrupaciones y falleras y falleros a título particular como actualización de las bases de ejercicios anteriores. La propuesta troncal ha sido aprobada, así como las dos primeras enmiendas. De esta forma, las normas quedan como les mostramos a continuación.

 

NORMAS PARA LA ELECCIÓN DE LAS FALLERAS MAYORES DE VALENCIA 2024

 

Requisitos para las candidatas

Todas las comisiones que forman parte del censo oficial fallero de la Junta Central Fallera, podrán presentar una candidata infantil y una candidata mayor, censada en la comisión, para aspirar a ser Falleras Mayores de Valencia 2024.

Las candidatas infantiles aspirantes a Fallera Mayor Infantil de Valencia, deberán ser menores de 14 años al final del plazo de inscripción. Las candidatas aspirantes a Fallera Mayor de Valencia, deberán haber cumplido los 15 años antes de que finalice el plazo de inscripción.

Las candidatas, deberán estar dadas de alta como mínimo, dos ejercicios en el censo de la comisión que las presenta, con anterioridad a la fecha de solicitud. Las comisiones deberán velar por el cumplimiento de esta condición, que será comprobada por la Junta Central Fallera.

 No podrá presentarse ninguna aspirante que esté sujeta a sanción o expediente disciplinario de posible sanción sin resolver por la Delegación de Incidencias de la Junta Central Fallera o instancia superior.

Las aspirantes solo podrán presentarse a la preselección del ejercicio en curso en representación de la comisión en que estén censadas y por el sector de pertenencia de esta.

Si una fallera ha pertenecido a las Cortes de Honor de las Falleras Mayores de Valencia, no podrá presentarse a elección a la misma corte por segunda vez.

Las aspirantes asumen que, en caso de salir elegidas, están obligadas a cumplir con las asistencias, comportamiento y responsabilidad de su cargo durante todo el ejercicio, que será indicado por los responsables de Junta Central Fallera, anteponiendo los requerimientos de Junta Central Fallera y el Ayuntamiento de Valencia a los particulares y los de sus respectivas comisiones, sectores o agrupaciones.

La participación en este proceso supone la aceptación libre y voluntaria por parte de todas las candidatas de optar a ejercer el cargo de Fallera Mayor de Valencia o Fallera Mayor Infantil de Valencia 2024, implicando la renuncia a la misma opción el abandono voluntario del proceso.

 

Organización de la elección

Primera fase – Preselecciones por sectores

La primera fase de elección se organizará por sectores falleros, y serán las personas vocales electas de estos sectores los que, en nombre de Junta Central Fallera, se encarguen de la organización de esta fase.

Junta Central Fallera establecerá anualmente las fechas en las cuales podrán organizarse las preselecciones y ofrecerá un espacio dentro de la programación de la Gran Feria de Julio para su realización. Sin embargo, cada sector tendrá libertad para elegir otro lugar donde realizarla. En todo caso, los sectores podrán decidir la manera en que organizan internamente el acto.

El número de candidatas elegidas para pasar a la segunda fase del proceso dependerá del número de comisiones que compongan cada uno de los sectores:

  • Los sectores formados hasta 12 comisiones elegirán 2 candidatas.
  • Los sectores formados por 13 o más comisiones elegirán 3 candidatas.

Cada sector podrá elegir libremente su jurado, los componentes del cual tendrán que estar libres de cualquier sanción por Junta Central Fallera; por esta razón, se recomienda la consulta con anterioridad a la Delegación de Incidencias.

Para aquellos sectores que no desean elegir un jurado propio, Junta Central Fallera podrá designar un jurado, a criterio de la secretaría general, que pondrá a disposición del sector. Aquellos sectores que lo desean podrán solicitar que el jurado acuda previamente, en un mínimo de dos jornadas diferentes y durante al menos una suma de 5 horas con el objetivo de reunirse personalmente con las candidatas. En todo caso, los miembros del jurado deberán tener libertad de actuación.

Los jurados estarán asistidos por un representante de la Delegación de Secretaría de Junta Central Fallera, quien aportará el listado de las candidatas, hojas de escrutinio y modelo de acta que tendrá que rellenar y firmar el jurado. Durante la redacción del acta y su firma solo podrán estar presentes los miembros del jurado, el representante de la Delegación de Secretaría de Junta Central Fallera y los dos interventores nombrados por las comisiones.

Junta Central Fallera se encargará de suministrar las flores para las candidatas de cada sector.

Todas las candidatas elegidas de entre todos los sectores pasarán a la siguiente fase de elección, denominada como segunda fase.

 

Segunda fase – Junta Central Fallera

La segunda fase lo organizará Junta Central Fallera, con supervisión de la secretaría general, en coordinación con las diferentes delegaciones implicadas.

Esta segunda fase se iniciará con un mínimo de quince días antes del acto de elección.

Al finalizar esta fase se habrán elegido trece candidatas a Fallera Mayor Infantil de Valencia y trece candidatas a Fallera Mayor de Valencia.

El jurado, que será el mismo en la segunda y en la tercera fase del proceso estará compuesto por siete miembros para Fallera Mayor Infantil de Valencia y siete miembros para Fallera Mayor de Valencia, todas ellas y ellos mayores de edad. Será elegido en base a la siguiente proporción:

  • 3 miembros serán designados por la presidencia de Junta Central Fallera. De estos tres, una será elegida de entre las que ya han sido Falleras Mayores de Valencia y/o componentes de las Cortes de Honor (para la elección de la Fallera mayor las que hayan sido Falleras mayores y cortes de honor mayor y para las infantiles Fallera Mayor infantil y cortes de honor infantiles); las otras dos personas miembros de este grupo serán personas de perfiles relacionados con la psicología, el protocolo, la comunicación y por extensión con las funciones propias de las Falleras Mayores. En el caso del jurados infantiles tendrán que tener perfiles especialmente orientados con el trato con niñas y niños. En todos los casos tendrán que ser falleras o falleros censados en alguna comisión perteneciente a Junta Central Fallera.
  • 4 miembros serán designados por la asamblea de presidentas y presidentes de entre los presidentes y presidentas de falla y de agrupación, miembros de Junta Central Fallera y de cualquier otro fallero o fallera censado en comisiones de JCF, en posesión del Buñol d’Argent y con el aval de la presidencia de su comisión.

De estos cuatro componentes, serán elegidos como mínimo dos presidentes o presidentas de comisiones falleras de JCF. El resto de los perfiles podrán ocupar cada cual como máximo una plaza en función del resultado de la votación. (Mínimo dos presidentes/as de falla, máximo un presidente/a de agrupación, máximo un componente de Junta Central Fallera, máximo un fallero/fallera avalado por su comisión). En caso de empate entre dos o más personas, prevalecerá la mayor recompensa y, de producirse nuevamente el empate, el año de obtención de esta.

No podrá ser nombrado jurado, aquella persona que lo haya sido para el mismo proceso en algún momento durante los cinco años inmediatamente anteriores.

Tampoco podrán aspirar a jurados del proceso adulto o del proceso infantil aquellas personas censadas en comisiones con candidatas en el proceso adulto o proceso infantil respectivamente. Todas las persones aspirantes tendrán que adjuntar un currículum personal y fallero en que se detalle especialmente los requisitos marcados por esta convocatoria con el objetivo que pueda ser tomado en consideración por la asamblea de presidentas y presidentes.

Los miembros del jurado tendrán que guardar máxima discreción sobre el proceso y las deliberaciones durante el transcurso de todas las fases y velar por el trato justo, equitativo y con la máxima dignidad hacia todas las candidatas.

Las actividades a realizar con las candidatas para ayudar en la elección serán propuestas por los miembros de los jurados a la secretaría general de Junta Central Fallera y aprobadas por ésta atendiendo criterios de oportunidad y disposición presupuestaria.

Esta fase finalizará en el acto público que anualmente se realizará en el que se nombrarán las a trece candidatas infantiles y trece candidatas adultas que pasarán a la fase final.

El jurado se reunirá previamente al comienzo del acto y, ante la presencia de un notario colegiado, comunicarán a la Secretaría General de Junta Central Fallera el nombre de las trece candidatas adultas y trece infantiles que pasarán a la siguiente fase, así como las suplentes correspondientes. La Secretaría General mantendrá los nombres en dos sobres diferenciados y cerrados que solo abrirá en el momento de lectura de las elegidas.

 

Tercera fase – Junta Central Fallera

La tercera fase lo organizará Junta Central Fallera con supervisión de la secretaría general en coordinación con las diferentes delegaciones implicadas.

Esta tercera fase se iniciará en la semana inmediatamente posterior a la finalización de la segunda fase y finalizará en el acto de nombramiento de las Falleras Mayores.

Al finalizar esta fase se habrán elegido la Fallera Mayor Infantil de Valencia y la Fallera Mayor de Valencia. Las candidatas no elegidas serán las componentes de las Cortes de Honor respectivas.

El jurado de esta fase será el mismo de la fase anterior.

Las actividades a realizar con las candidatas para ayudar en la elección serán propuestas por los miembros de los jurados a la secretaría general de Junta Central Fallera y aprobadas por ésta atendiendo criterios de oportunidad y disposición presupuestaria.

Esta fase finalizará en la asamblea general extraordinaria de Junta Central Fallera en que la Alcaldía de la ciudad nombrará las Falleras Mayores de Valencia.

El jurado se reunirá previamente a comienzos de la asamblea y comunicará a la Secretaría General de Junta Central Fallera el nombre de las Falleras Mayores de Valencia, así como las suplentes correspondientes. La Secretaría General mantendrá los nombres en dos sobres diferenciados y cerrados que solo abrirá en el momento de lectura de las elegidas.

 Cualquier aspecto no incluido en estas normas será resuelto, en su momento, por los jurados correspondientes o por la junta directiva de Junta Central Fallera.

 

ENMIENDA 1 – INTERVENTOR SIN VOZ NI VOTO EN FASES 2 Y 3

De forma similar al que ocurre en la primera fase del proceso de elección, los dos jurados de las fases 2 y 3 contarán con la presencia de una persona interventora designada por JCF sin voz ni voto en ninguna de las deliberaciones del mismo, con el objetivo de velar por el buen funcionamiento del proceso y como testigo ante cualquier posible reclamación. Esta figura se limitará a observar el proceso y favorecer la comunicación para la logística de las pruebas acordadas por los miembros del jurado.

 

ENMIENDA 2 – INCOMPATIBILIDAD CRUZADA EN FASES 2 Y 3

Tampoco podrán aspirar a jurados aquellas personas censadas en comisiones con candidatas en cualquiera de los dos procesos, adulto o infantil.