Entre todas las candidatas se efectuará una preselección por cada sector mediante el siguiente baremo:
- De 1 a 6 candidatas presentadas se elegirán a 1.
- De 7 a 12 candidatas presentadas se elegirán a 2.
- De 13 a 19 candidatas presentadas se elegirán a 3.
Para efectuar las preselecciones, los sectores podrán optar por estas tres modalidades:
-Espacio abierto: las que determinan calle, plaza, etc. contando con una subvención de 1.205 euros para el montaje propio, previa solicitud de los permisos pertinentes.
- Local cubierto: las que determinen teatro, sala de fiestas, etc. contando con la subvención de 450 euros.
- Pabellones que con motivo de la Feria de Julio instala el Ayuntamiento, dotado de la infraestructura necesaria y montados en: Parque del Oeste, Jardines bajo el Palau de la Música y los Jardines de Ayora, con el fin de tener preferencia para los días 6, 7, 13, 14, 20 y 21 de julio.
Los sectores que deseen realizar en dichos pabellones la elección deben solicitarlo por escrito hasta el 8 de junio en la Secretaria de la Junta Central Fallera. En cualquiera de los casos que se han citado se debe hacer constar si se necesitan o no jurados designados por la Junta Central Fallera. Las flores para las candidatas serán suministradas por la Junta Central Fallera.
Todas las preselecciones han de cumplimentarse antes del 21 de julio para que puedan participar en la Batalla de Flores. La Junta Central Fallera facilitará la lista de candidatas de cada sector, las hojas de escrutinio y un modelo de acta para rellenar por el jurado.
Los sectores que deseen un jurado nombrado por la Junta Central Fallera, podrán presentar en su solicitud las opciones que consideren pertinentes, tendentes a garantizar el mejor conocimiento de las candidatas, así como la compatibilidad de los jurados que en su función tendrán plenas facultades y libertad para decidir la forma y manera de deliberar y la actuación de las candidatas, aceptando o no otras particularidades y normas internas de cada sector, y podrá solicitar reunirse con anterioridad a la preselección con las candidatas.
Para atender a cualquier reclamación, ésta debe presentarse antes del día 23 de julio. La delegación de incidencias resolverá lo que proceda.
ELECCION CORTES DE HONOR
Las señoritas y niñas elegidas en las distintas preselecciones, serán evaluadas por jurados escogidos al efecto por el presidente de la Junta Central Fallera y en número no inferior a cinco en cada caso. Dispondrán del tiempo y medios adecuados para realizar su cometido, y su veredicto inapelable será ratificado notarialmente en el Acto que se prepare al efecto.
ELECCION DE LAS FALLERAS MAYORES DE VALENCIA
Las trece señoritas y trece niñas escogidas en la Elección de Cortes de Honor, serán evaluadas por un nuevo jurado elegido en asamblea general, su veredicto será el propuesto a la autoridad que ostente la Alcaldía de la ciudad que nombrará a las Falleras Mayores de Valencia de acuerdo el artículo 71 del vigente Reglamento Fallero.
NORMAS QUE PROPONE LA JUNTA CENTRAL FALLERA PARA SER
CUMPLIMENTADAS POR LAS CANDIDATAS Y COMISIONES QUE LAS PRESENTAN
1º Todas las comisiones de falla pertenecientes al censo oficial fallero podrán presentar a una niña y a una señorita, censadas en la comisión, a la preselección que se convoca en cada sector para aspirar a ser componentes de las Cortes de Honor y Falleras Mayores de Valencia del año 2008.
2º Las niñas aspirantes a la Corte de Honor y Fallera Mayor Infantil de Valencia deberán ser menores de 14 años al fin de plazo de la inscripción. En el caso de las señoritas, las aspirantes deberán haber cumplido los 15 años al fin de plazo de la inscripción.
3º Las niñas y señoritas aspirantes a las Cortes de Honor que se presenten a la preselección, deberán cumplir con la condición indispensable de estar dadas de alta en el censo fallero e inscritas en la comisión que las presenta con fecha anterior a la solicitud. Las comisiones velarán por el cumplimiento de esta condición que será comprobada por la Junta Central Fallera.
4º No podrá presentarse a la preselección cualquier aspirante que esté sujeta a sanción o expediente disciplinario de posible sanción sin resolver por la delegación de Incidencias de la Junta Central Fallera o instancia superior5º Las aspirantes sólo podrán presentarse a la preselección de este ejercicio representando a la falla donde están censadas y por el sector al que pertenece la comisión.
6º Las aspirantes deben asumir que, en caso de ser elegidas, se obligan a cumplir con las asistencias, comportamiento y responsabilidades de su cargo durante todo el ejercicio, anteponiendo los requerimientos de la Junta Central Fallera y del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia, a las particulares y a las de sus respectivas comisiones, sectores o agrupaciones.